Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: ¿quién paga el AJD?
Si le preguntas a alguien que ha adquirido una vivienda, probablemente sepa qué es el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, pero ¿sabrías definir en qué consiste exactamente, quién paga el AJD y las modificaciones que la ley hipotecaria ha supuesto en el mismo? En Hipoteca Finance te lo contamos.
AJD: ¿qué es?
Antes de adentrarnos en aspectos que rodean a este impuesto como quién paga el AJD, estimamos necesario definir de forma precisa qué es.
A la hora de adquirir un inmueble, es necesario llevar a cabo el pago de una tasa sobre la escritura notarial. De esta manera, se efectúa la formalización de la hipoteca.
Todo lo relacionado con este impuesto como quién paga el AJD viene recogido en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Según esta ley:
“El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es un tributo de naturaleza indirecta que, en los términos establecidos en los artículos siguientes, gravará:
- Las transmisiones patrimoniales onerosas.
- Las operaciones societarias.
- Los actos jurídicos documentados.”
El porcentaje del AJD que se paga varía en función de la Comunidad Autónoma en la que se solicite el préstamo, aunque suele oscilar entre el 0,5 y el 1,5%.
¿Dónde se paga el impuesto de actos jurídicos más alto?
Cataluña, junto a la Comunidad Valenciana, Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León y Galicia, es quien paga un AJD más alto, del 1,5%. Asturias y Extremadura pagan un 1,2%. Las Baleares, Canaria, La Rioja y Murcia tributan el 1%. Por último, en la Comunidad de Madrid se abona el 0,75%, mientras que en Ceuta, Melilla, Navarra y el País Vasco, el 0,5% siendo donde la cifra es más baja.
¿Cómo se calcula el AJD?
Antes de saber quién paga el AJD, veamos de qué partes se compone:
- Cuota fija: es la misma en toda España. Según el artículo 31 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, “Las matrices y las copias de las escrituras y actas notariales, así como los testimonios, se extenderán, en todo caso, en papel timbrado de 0,30 euros por pliego o 0,15 euros por folio, a elección del fedatario. Las copias simples no estarán sujetas al impuesto”
- Cuota variable: es el tipo impositivo de la Comunidad en la que se realiza la compra de la vivienda y que veíamos en el apartado anterior de este post.
Por ejemplo, si queremos calcular la parte variable del AJD en Asturias, debemos multiplicar la Responsabilidad Hipotecaria, imaginemos que es de 200.000 € (compuesta por principal + intereses ordinarios + intereses de demora + costas y gastos), por el 1,2%. El resultado y, por tanto, la cantidad a pagar sería de 2.400 €.
¿Quién paga el AJD?
El sujeto pasivo de la transmisión es quien paga el AJD en los casos de compra de viviendas de obra nueva. ¿Quién es esta persona física o jurídica?
Pues básicamente es aquella que va a recibir el bien o derecho que se va a intercambiar por dinero, en este caso, el inmueble. Además, también es considerado como sujeto pasivo quien solicita la expedición de la documentación notarial.
En resumen, quien paga el AJD en el caso de las viviendas, es el comprador de la vivienda. Sin embargo, en el caso de las hipotecas, tras le reforma de la ley hipotecaria, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados debe ser asumido de manera íntegra por la entidad bancaria. No obstante, el que grava la escritura de compra lo abona el nuevo propietario.
¿Cuándo y dónde se paga el impuesto?
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados se aplica en la compra de viviendas de obra nueva. El motivo por el que esto no es así en la compra de inmuebles de 2ª mano es que el tributo que se aplica es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Además, se aplica a la hora de firmar una hipoteca, aunque es el banco quien tendrá que hacerse cargo en este caso.
Otros gastos derivados de los préstamos hipotecarios
Una hipoteca es un préstamo con algo de complejidad, ya que parte de los gastos derivados de la misma los paga el comprador de la vivienda y la otra parte los abona la entidad bancaria.
Gastos hipotecarios que asume el comprador
La persona que va a adquirir el inmueble debe pagar la comisión de apertura del préstamo de la hipoteca, la tasación de la vivienda, las escrituras y el seguro de la casa.
En ocasiones, la tasación de la vivienda puede ser asumida también por el banco. Esta suele tener un precio que ronda los 400 € y es vital para conocer el valor real de la vivienda con la que se va a llevar a cabo la compraventa.
Gastos hipotecarios que asume el banco
La entidad bancaria se encargará de pagar los gastos del notario que pueden ir desde el 0,3 hasta el 0,5% en función del caso, los honorarios de la gestoría que lleve a cabo el trámite, la escritura en el Registro de la Propiedad, que oscila entre el 0,1% y el 0,3% en función del total de la hipoteca, y como ya hemos visto, es quien paga el AJD.
En Hipoteca Finance somos expertos en préstamos hipotecarios. Analizamos las necesidades específicas de cada una de las personas que acuden a nosotros para ayudarles a conseguir los mejores resultados.
Esperamos que nuestro post “Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: ¿quién paga el AJD?” te haya resultado útil e interesante.
Si deseas pedir información relacionada con la gestión de tu hipoteca, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.